El último Consejo de Ministros ha aprobado una modificación de la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios, recogiendo peticiones de diferentes Asociaciones , entre ellas de FACU y consistía en  la ampliación de los plazos de la garantía. Esta medida, que desde FACU aplaudimos, supone un paso adelante en la sostenibilidad y reparabilidad de los artículos.

En FACU  lo tenemos claro: los usuarios tienen el derecho a la reparación de sus productos , un gesto necesario para el consumo sostenible que ahora es tan necesario, aunque la realidad no es tan fácil.

FACU apuesta por la sostenibilidad y la durabilidad y es una de nuestras luchas de años.

Todos los bienes de consumo duradero tienen, por ley, una garantía de dos años. Además, los fabricantes estaban obligados a garantizar la existencia de las piezas para poder repararlos, durante al menos los 5 años siguientes a la fecha en la que el bien dejara de fabricarse.

La norma recién aprobada amplía estos plazos:

  • La garantía legal de los productos pasa a ser de 3 años.
  • La obligación de mantener la existencia de piezas de reparación se extiende a 10 años.

Otra novedad muy interesante para los consumidores es la relativa a la carga de la prueba: hasta ahora, solo si el problema se produce en los 6 meses tras la compra que realiza el consumidor no tiene que demostrar la falta de conformidad del producto. Esto cambia con la modificación de la norma, y ese plazo aumenta, en términos generales, hasta los 2 años tras la compra, algo mucho más favorable para los consumidores y de lo que nos alegramos.

Estos cambios no son una sorpresa: con estas medidas, entre otras, se incorpora al Derecho Español la Directiva Europea (UE) 2019/771 de 20 de mayo de 2019.

El único problema que vemos de esta nueva ley es que es de aplicación desde el día 1 de enero de 2022.

https://www.boe.es/boe/dias/2021/04/28/pdfs/BOE-A-2021-6872.pdf?_ga=2.40788129.2082545807.1619605369-795799202.1611147839