FACU , se alegra que tras tantas y diversas Campañas de denuncias reiteradas y tras diferentes estudios de campo con los que pudo constar 7 de cada 10 aerolíneas se saltan la ley, 6 de cada 10 suministradoras de agua tampoco cumplen con la normativa de facilitar una página web o líneas de atención gratuitas y facilitar números 902 y de prefijo geográfico, a pesar que desde diciembre de 2020 están obligadas a disponer de teléfonos gratuitos . Algo que también afecta a 5 de cada 10 empresas de mensajería, a 9 de cada 10 aseguradoras lo mismo que las empresas de servicios financieros.
Por fín se ha incoado un Expediente a Fenix Directo absorbido por Alianz Direct, por una infracción leve con la multa correspondiente.
Ciertamente se han incoado otros expedientes a aerolíneas como Ibera, Level , British Airways o a aseguradoras como Caser, Santa Lucia, y otras empresas como Securitas Direct o GLS.
Se trata de una infracción por «el incumplimiento de las obligaciones en relación con los servicios de atención al cliente», tal y como establece el artículo 49.1 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
Con su actual redacción, el apartado 2 del artículo 21 del citado Real Decreto Legislativo plantea que «en los supuestos de servicios de carácter básico de interés general, las empresas prestadoras de los mismos deberán disponer, en cualquier caso, de un teléfono de atención al consumidor gratuito». «A estos efectos», continúa la norma, «tendrán la consideración de servicios de carácter básico de interés general los de suministro de agua, gas, electricidad, financieros y de seguros, postales, transporte aéreo, ferroviario y por carretera, protección de la salud, saneamiento y residuos, así como aquellos que legalmente se determinen».
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